La pulvínulo para calcular las cotizaciones de los trabajadores independientes no puede ser inferior a un salario leve admitido mensual válido, ni superior a veinticinco salarios mínimos legales mensuales vigentes y debe corresponder a la misma cojín de cotización para los Sistemas de Salud y Pensiones.Recuerda reportarlo a la ARL y a la EPS d